9° MANDAMIENTO.
16 No hablarás contra tu prójimo
falso testimonio (Éxodo 20).
16. Falso testimonio. Este mandamiento puede ser transgredido de una manera pública mediante un testimonio mentiroso dado ante un tribunal (23:1). El perjurio siempre ha sido considerado como un delito grave contra la sociedad, y condignamente castigado. En Atenas, un testigo falso sufría una fuerte multa. Si se le comprobaba tres veces esa falta, perdía sus derechos civiles. En Roma, una ley de las Doce Tablas condenaba al perjuro a ser arrojado cabeza abajo desde la roca Tarpeya. En Egipto, el castigo era la amputación de la nariz y las orejas.
Esta prohibición del Decálogo
frecuentemente es violada hablando mal de otro, con lo que su reputación es
manchada, sus motivos son tergiversados y su nombre es denigrado. Son
demasiados los que hallan que es insípido e insustancial alabar a sus prójimos
o hablar bien de ellos. Encuentran una emoción maligna en hacer resaltar los
defectos de conducta de otros, en juzgar sus motivos y criticar sus esfuerzos.
Ya que por desgracia muchos siempre están listos y ávidos para escuchar esta
supuesta sabiduría, se aumenta la emoción y se exalta el yo egoísta y
pecaminoso del detractor.
Este mandamiento también puede
ser quebrantado por los que se quedan en silencio cuando oyen que un inocente
es calumniado injustamente. Puede ser quebrantado por un encogimiento de
hombros o un arquear de las cejas. Cualquiera que desfigura, de cualquier
manera, la verdad exacta para obtener una ventaja personal o por cualquier otro
propósito, es culpable de dar "falso testimonio". La supresión de la
verdad que podría perjudicarnos o perjudicar a otros, también significa dar
"falso testimonio".
COMENTARIOS DE ELENA G.
DE WHITE
"NO LEVANTARÁS FALSO TESTIMONIO CONTRA TU PRÓJIMO." La mentira acerca de cualquier asunto, todo intento o propósito de engañar a nuestro prójimo, están incluidos en este mandamiento. La falsedad consiste en la intención de engañar. Mediante una mirada, un ademán, una expresión del semblante, se puede mentir tan eficazmente como si se usaran palabras.
Toda exageración intencionada, toda insinuación o palabras indirectas dichas con el fin de producir un concepto erróneo o exagerado, hasta la exposición de los hechos de manera que den una idea equivocada, todo esto es mentir.
Este
precepto prohibe todo intento de dañar la reputación de nuestros semejantes por
medio de tergiversaciones o suposiciones malintencionadas, mediante calumnias o
318 chismes. Hasta la supresión
intencional de la verdad, hecha con el fin de perjudicar a otros, es una
violación del noveno mandamiento. PP
* "La Enemistad De Satanás
Hacia La Ley". https://elaguila3008.blogspot.com/2009/11/pp-capitulo-29-la-enemistad-de-satanas.html
1CBA/EGW/MHP
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